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“La Audiencia absuelve a todos los procesados en la causa principal de Stratvs”

4  ·  12  ·  2020

Las Palmas de Gran Canaria, 4 dic (EFE).- La Audiencia de Las Palmas ha absuelto a los 11 procesados en la causa principal abierta por la construcción de la bodega Stratvs, entre los que figuraban su propietario, el empresario Juan Francisco Rosa, y el exalcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, así como a la empresa promotora de la obra.

En este procedimiento, la Fiscalía había pedido penas de prisión para la mayor parte de los procesados por delitos de prevaricación urbanística y contra el medio ambiente, entre otros, pues sostenía que la construcción de Stratvs había sido "el peor atentado ambiental" sufrido por Lanzarote desde que la isla fue declarada Reserva de la Biosfera en los años noventa.

La sección sexta de la Audiencia reconoce que en la construcción de la bodega en la comarca de La Geria existen elementos de "discutible" legalidad urbanística pero no aprecia que ninguno de ellos sea constitutivo de delito.

Los propietarios de Stratvs solicitaron en junio de 1998 licencia para rehabilitar una vivienda ya existente en el paraje protegido de La Geria y construir un almacén-bodega de 900 metros cuadrados, pero demolieron la vivienda, levantaron una más grande y abrieron un restaurante, una tienda, una terraza y una bodega mucho mayor. En total, 12.000 metros cuadrados construidos a partir de numerosas irregularidades, según la Fiscalía.

Sin embargo, la sentencia dictada considera que el principal acusado, Juan Francisco Rosa, "no puede obtener en esta sede un reproche jurídico penal por la construcción de la bodega, puesto que no cabe afirmar que las edificaciones verificadas por el acusado no estuvieran autorizadas".

Uno de los delitos que se atribuía a varios de los acusados es el de prevaricación urbanística, si bien el tribunal desconoce en qué se basan las acusaciones para considerar que los cargos públicos y funcionarios imputados tenían intención de favorecer la concesión de la licencia o en beneficiar los negocios del empresario.

De lo acreditado en juicio no puede afirmarse que la propuesta de autorización efectuada por el Gobierno canario en el año 1999 por los acusados Faustino García Márquez, jefe del Servicio de Ordenación Urbanística de la Dirección General de Urbanismo; Armando Villavicencio Delgado, técnico de planeamiento; y Juan César Muñoz Sosa, director general de Urbanismo, "en absoluto constituye un comportamiento prevaricador", destaca el tribunal.

El acuerdo de concesión de licencia para la construcción de la bodega, desde una óptica estrictamente administrativa, pudiera no haber resultado todo lo riguroso que podía haber sido exigible, pero no incurre en prevaricación, refiere la sentencia.

El tribunal añade que no advierte indicio alguno de conciencia y voluntad por parte de los otorgantes de actuar en contra de la normativa urbanística que pudiera ser aplicada.

El tribunal tampoco aprecia irregularidades en la prórroga de la licencia de obras solicitada por la empresa promotora BTL Lanzarote ni considera que el proyectista y director de la obra, Miguel Ángel Armas Matallana, aunque se extralimitara en la construcción, incurriera en un delito contra la ordenación del territorio, algo "especialmente inconsistente".

El aludido exceso de construcción respecto a la vivienda original, no ha resultado acreditado y no resulta posible atribuirle la comisión de un delito contra la ordenación del territorio, según la sentencia, que no aprecia fraude en ello ni que los acusados quisieran apropiarse de la parte de la finca que no les correspondía.

En cuanto al delito de falsedad en documento público en la solicitud de la licencia de la obra de la bodega, tampoco observa el tribunal que se ha producido, ni el de fraude de beneficios fiscales en materia tributaria contra Juan Francisco Rosa por carecer de fundamento.

Sobre el delito continuado de prevaricación ambiental, en los hechos probados se recoge que en La Geria no existe red hídrica ni probabilidades de la existencia de masas de agua subterráneas, por lo tanto "no es posible que el sistema de saneamiento de fosa séptica que poseía la bodega hubiera puesto en peligro la vida y salud de las personas, y en sus fundamentos se añade que las "acusaciones están huérfanas de prueba".

Además, en los fundamentos se señala que el uso del espacio para la bodega "parece compatible "con la finalidad de protección" al que está sujeto la zona de La Geria.

Una parte de los hechos del "caso Stratvs" se separó del proceso principal por afectar a una aforada (la exalcaldesa de Yaiza y exdiputada de Nueva Canarias, Gladys Acuña) y fueron juzgados con anterioridad por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que declaró probado que la construcción de la bodega incurrió en serias irregularidades urbanísticas y ambientales.

Y ello fue posible gracias a la prevaricación de dos alcaldes de Yaiza, José Francisco Reyes, ahora absuelto en la causa principal, y Glady Acuña, y del secretario del Ayuntamiento, Vicente Jesús Bartolomé -también absuelto ahora- a los que inhabilitó para ejercer cargo público por un periodo de entre siete (Reyes) y 14 años (Acuña y Bartolomé).

En cambio, el dueño de la bodega, Juan Francisco Rosa, salió absuelto de ese juicio, en el que se enfrentaba a una solicitud de año y medio de cárcel por delitos contra la ordenación del territorio y tráfico de influencias.

Fuente: https://www.lavanguardia.com/vida/20201204/49871619974/la-audiencia-absuelve-a-todos-los-procesados-en-la-causa-principal-de-stratvs.html